FACTURA ELECTRONICA OBLIGATORIA A PARTIR DEL 2011
13 de marzo del 2010 | por Rodolfo Serralde Solórzano
Una nueva fecha se ha definido para que sea obligatorio el uso de facturación electrónica; finalmente el 1 de enero de 2011, todos los que emitimos comprobantes fiscales mayores a $2,000 (dos mil pesos), estamos obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), para lo cual el SAT (Servicio de Administración Tributaria) ha emitido reglas para la emisión de éstos documentos electrónicos, lo primero es definir la forma en que se van a emitir, si se hace por medios propios ó si se hace a través de un PACFD (Proveedor Autorizado de Certificados Fiscales Digitales), esto depende de la infraestructura tecnológica que tenga el contribuyente que va a emitir comprobantes digitales y del dinero que disponga para invertir en el cambio del proceso de comprobación de papel a electrónica. En ambos casos se requiere de cumplir con los siguientes requisitos:
• Llevar contabilidad en un sistema electrónico.
• Contar con Firma Electrónica Avanzada «Fiel», (antes llamada FEA, bien por el cambio).
• Haber tramitado al menos un Certificado de Sello Digital.
• Solicitar por lo menos una serie de folios al SAT.
• Cumplir con el estándar tecnológico reconocido por el SAT
Utilizar el XSD para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales, según lo publicado en el inciso C del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005.
• Generación y envío del Informe Mensual.
• Conservar en medios electrónicos actualizados los CFD y tenerlos a disposición de las autoridades fiscales.
• Proveer a la autoridad de una herramienta de consulta de la información de los CFD.
• Expedir comprobantes fiscales digitales globales que amparen las operaciones efectuadas con el público en general (a través del RFC genérico XAXX010101000).
• Expedir comprobantes fiscales para extranjeros (a través del RFC genérico XEXX010101000).
• Si se contrata a un PACFD, verificar que tenga el registro correspondiente y presentar un aviso de inicio de emisión a través de éste proveedor.
• En cualquier caso, el contribuyente es el único responsable de la emisión de CFD, por lo tanto debemos hacer una selección importante del proveedor.
Consideremos también que la emisión es un tema importante que debemos trabajar para integrar en nuestra operación, debemos integrar también la recepción de CFD, lo que implica un cambio sustancial en los procedimientos de facturación, cuentas por cobrar, compras y cuentas por pagar. Considere los requisitos en la recepción de CFD para comprobar deducciones autorizadas:
• Conservar los CFD recibidos en medios electrónicos actualizados.
• Proveer a la autoridad de una herramienta de consulta de la información de los CFD.
• Verificar el RFC y Nombre o Razón Social de los CFD recibidos.