¿CÓMO OBTENEMOS LA AYUDA DE DESEMPLEO?

5 de julio del 2009 | por Finanzas Prácticas

En la actualidad y con el objetivo de favorecer a la economía familiar en tiempos de crisis, los residentes de la Ciudad de México cuentan con la posibilidad de solicitar ayuda económica en caso de estar desempleados. Esta prestación se conoce como el «seguro de desempleo».

En la actualidad existe el proyecto de extrapolar el servicio para que funcione en el resto del país, sin embargo, por ahora, la ley federal está en proceso de discusión, por lo que sólo pueden tener acceso a él los ciudadanos capitalinos.

El seguro de desempleo está fundamentado en los artículos 12, 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3º y 523 fracción III de la Ley Federal del Trabajo; 1º, 2º, 15, fracción XVIII, 23 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Título Segundo, Capítulo I, Artículo 9 de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal.

¿Qué características tiene este seguro?

• Beneficio económico. Este sistema consiste en otorgar un salario equivalente a 30 días de salario mínimo vigente al momento de la solicitud.
• Duración. Se podrá tener acceso a este servicio por un periodo no mayor a seis meses. La idea es que funcione como apoyo mientras se consigue un nuevo empleo.
• Periodo de Validez. Los solicitantes podrán tener acceso a esta ayuda económica cada dos años. Es decir, si solicitamos el seguro de desempleo entre marzo de 2008 y septiembre de 2009, no podremos volver a solicitarlo el semestre siguiente, sino hasta septiembre de 2011.
• Uso personal. El seguro de desempleo sólo puede utilizarse por el individuo que lo solicitó. No puede transferirse a familiares ni amigos.
• Forma de entrega. La ayuda económica se proporciona por medio de una cuenta de débito establecida por el Gobierno del Distrito Federal. Para evitar acciones fraudulentas no se entregan cheques, vales ni dinero en efectivo.

¿Quiénes pueden tener acceso a esta ayuda económica?

Con la finalidad de que la ayuda se proporcione a quienes verdaderamente la necesitan, existe una serie de condiciones para poder acceder al seguro de desempleo.

Podrán solicitar este servicio todos aquellos que cumplan con las siguientes características:

• Ser ciudadano mayor de 18 años, residente del Distrito Federal.
• Haber tenido empleo durante al menos seis meses. La labor desempeñada debe haber sido para una persona física o moral con domicilio fiscal en el Distrito Federal.
• Las causas del desempleo deben ser ajenas a la voluntad del trabajador. Lo anterior quiere decir que no se puede solicitar el servicio si se trató de un despido, por negligencia del trabajador o una renuncia voluntaria.
• No se deben percibir otro tipo de ingresos como por ejemplo: jubilación, pensión, subsidio u otro tipo de relaciones laborales.
• Finalmente, el trabajador debe demostrar su interés y acciones encaminadas a conseguir un nuevo empleo.

Documentación requerida

Cuando se cumple con los requisitos establecidos por el programa, el trámite para obtener la ayuda de desempleo es relativamente sencillo.

Los interesados deben acudir personalmente al módulo que le corresponda según su delegación de residencia. Deben presentarse con los siguientes documentos, en original y copia.

• Acta de nacimiento
• Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de Elector, Cartilla de Servicio Militar, Pasaporte)
• Clave única de Registro de Población (CURP)
• Comprobante de domicilio actual en el Distrito Federal
• Documento que acredite fehacientemente la pérdida del empleo. Puede ser una baja expedida por una institución de seguridad social o bien una carta auténtica elaborada por el empleador.

Además de la documentación antes mencionada, el aspirante deberá firmar una carta compromiso en la que se detallan las obligaciones que contrae al recibir el beneficio. Entre los compromisos adquiridos están la búsqueda de empleo, así como la asistencia a cursos de capacitación y de búsqueda de trabajo remunerado.

¿Qué sigue después de solicitar la ayuda?

Una vez que se ha realizado el trámite, se debe esperar el fallo de la Secretaría del Trabajo del Distrito Federal. El procedimiento es el siguiente:

• Calificación de solicitudes. Un Comité Calificador de solicitudes, designado por la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, se hará cargo de examinar la documentación y estudiar el caso de cada solicitante.
• Respuesta. En un máximo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la documentación, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo dará respuesta a la solicitud presentada.
• Publicación de resultados. La lista de ciudadanos aceptados se publicará en el portal electrónico de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo. Esto con el objetivo de cumplir con las normas dictadas por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito Federal.
• Dudas. Se podrá obtener orientación telefónica sobre el Programa de Seguro de Desempleo en la línea de LOCATEL al 56 58 11 11.
• Legalidad. La legalidad e imparcialidad del proceso serán vigiladas por un comité Técnico que estará compuesto por todas las dependencias gubernamentales que participen en el programa.

Es necesario mencionar que el presente artículo, no es un órgano oficial de información sobre el seguro de desempleo, por lo que es necesario consultar directamente con la institución correspondiente, a fin de evitar trámites innecesarios o incurrir en errores en el trámite. Nuestro propósito es exclusivamente orientar e introducir al tema.

La información del artículo se basa en las siguientes fuentes de información:
http://www.misalario.org/main/Salarios/seguro-de-desempleo-para-el-distrito-federal-faq

Para más artículos e información destacada de este tema visite el portal Finanzas Prácticas: http://mx.finanzaspracticas.com/

Etiquetas: , , , , , , , ,




Comments are closed.